Decibeles permitidos en México
En México existe un Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental Originada por la Emisión de Ruidos por parte de la Secretaria de Gobernación. En el Capitulo III, Articulo 14 dice lo siguiente:"Para efectos de prevenir y controlar la contaminación ambiental por ruidos, se establece como nivel máximo permitido para la emisión de este contaminante proveniente de fuentes fijas, el valor de 68 dB(A) entre las seis y las veintidós horas del día y de 65 dB(A) entre las veintidós y las seis horas."La sanción de violar este articulo será una multa de quinientos a cincuenta mil pesos mexicanos.
Referencias:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4912145&fecha=02/01/1976
0 comentarios: